Cerca del 83% jubilados y pensionados cobrará efectivamente el bono de $5.000 en sus salarios de agosto.
Será de 5.000 pesos para quienes tengan ingresos de hasta dos haberes mínimos (46.129,40 pesos) y para quienes perciben entre 46.129,41 y 51.129,39 pesos, será el equivalente hasta alcanzar este último monto».
La Administración Nacional de la Seguridad Social informó este martes el cronograma de pago del bono de $ 5.000 junto a los haberes de agosto para jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas que perciban hasta dos haberes mínimos, es decir, de hasta $ 46.129,40.
Las liquidaciones se harán según terminación de documento y serán del 2 al 6 de agosto para titulares de Pensiones No Contributivas (PNC); del 9 al 23 para titulares de pensiones y jubilaciones que no superen los $ 25.923; y del 24 al 30 para los que sí la superen.
«El bono será de 5.000 pesos para las personas que tengan ingresos de hasta dos haberes mínimos (46.129,40 pesos) y para las que perciben entre 46.129,41 y 51.129,39 pesos, será el equivalente hasta alcanzar este último monto», explicó el Anses en un comunicado.
Este bono de $5.000 es el tercero que se otorga en 2021 a las jubilaciones mínimas -los anteriores fueron de $1.500 en abril y mayo- aunque el primero que incluirá también a los haberes que duplican el haber más bajo.
Asimismo, en septiembre se otorgará un nuevo aumento por la Ley de Movilidad que actualizará al conjunto de las jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares, según la evolución de la recaudación y los salarios.
El bono estará destinado a «los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a que refiere la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias», además de los beneficiarios de la «Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias», detalló el decreto.
También está dirigido a los beneficiarios de «pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más, y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES”.
«Para percibir el presente subsidio extraordinario los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación», agregó el documento oficial.
FUENTE: TELAM