¿Qué va a pasar esta semana con el aumento de las jubilaciones a partir de diciembre?
Vale decir que el aumento debería ser uno, pero en realidad es posible que sea otro si se respeta a rajatabla lo que dice la ley.
La actual Ley de Movilidad, la tercera desde el año 2009, fija cuatro aumentos trimestrales: marzo, junio, septiembre y diciembre.
El aumento correspondiente al último mes del año no es tan lineal como lo es en el resto de los meses estipulados para el incremento del haber jubilatorio.
El de diciembre es un aumento topeado, donde es clave la recaudación.
Se lo relaciona haciendo una comparación entre dos períodos: desde octubre de 2019 a septiembre de 2020 y desde octubre de 2020 a septiembre de 2021.
De este comparativo para el mes de diciembre de 2021 resultaría un número del 47%, es decir, que los aumentos de marzo, junio, septiembre y diciembre no podrían superar el 47%.
Para que no esté por arriba de este porcentaje, el aumento de diciembre debería estar rondando aproximadamente el 8,6%
¿Pero qué ocurre en este caso? La Ley de Movilidad jubilatoria quedaría por debajo del índice de inflación estimado para este año (51% estimado).
¿Por qué es difícil llegar al cálculo de los aumentos por movilidad jubilatoria? Porque básicamente no se fundamenta. No hay publicación acerca del cálculo matemático para llegar a cada aumento de movilidad.
Éste es un déficit que han tenido todas las leyes de las que hablamos anteriormente. Corresponde que se publique y que dicho cálculo sea fácil de entender.
Digo esto para que alguien recoja el guante y solucione una cuestión que no fue incorporada a la Ley de Movilidad Jubilatoria.
Repasemos. 8,6% debería ser el incremento de las jubilaciones a partir de diciembre por este tope que establece la Ley, pero si es así seguramente el Estado tendría que salir a socorrer con bonos y con asistencia.
¿Cuánto debería ser esta ayuda? El aumento de diciembre debería ser de un 11% para igualar el número de inflación anual, pero ahí no se estaría respetando la Ley de Movilidad.
Creo que hay un final abierto. Lo cierto es que hay una ley que establece que no se puede pagar más de lo que se recauda.
De todos modos, sea un 8,6% o un 11% el Estado pierde. Primero porque debe dar una ayuda para compensar, segundo porque sino se pasa de lo recaudado.
No hay una fórmula de movilidad jubilatoria ideal. Todo mecanismo de actualización funciona si nosotros tuviéramos un país sin inflación.